Mascarilla obligatoria en Cataluña: ¿Cuándo hay que llevarla puesta?

Una mujer con mascarilla se abanica
Una mujer con mascarilla se abanica
Jes˙s HellÌn Jesús Hellín
Una mujer con mascarilla se abanica

El Diario Oficial de la Generalitat (DOGC) ha publicado este jueves la obligatoriedad de llevar siempre la mascarilla puesta en espacios públicos, incluso cuando se pueda mantener la distancia de seguridad. El incumplimiento de esta medida se sancionará con una multa de 100 euros.

El Govern ha impuesto esta medida a raíz de la detección de diversos brotes de coronavirus y el incremento de varios casos de personas asintomáticas, lo que "obliga a reforzar las condiciones de uso de las medidas de protección y, específicamente, el uso de la mascarilla". 

Así, se quiere "minimizar el riesgo de transmisión comunitaria del virus SARS-CoV-2, sin recurrir a otras medidas más drásticas desde el punto de vista de afectación de las libertades de las personas". La idea, según Salud, es que todo el mundo interiorice que hay que salir de casa con la mascarilla puesta.

La resolución, firmada por la consellera de Salud, Alba Vergés, y el de Interior, Miquel Buch, establece que la mascarilla es obligatoria "en la vía pública, en los espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, con independencia del mantenimiento de la distancia física interpersonal de seguridad". 

A continuación les aclaramos cuándo hay que llevarla puesta y en qué casos no es necesaria:

¿Quién debe llevarla y quién no?

La mascarilla es obligatoria para todo el mundo a partir de los seis años de edad. No obstante, hay ciertas excepciones: no será obligatoria para las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que se pueda ver agraviada por su uso o que, por una discapacidad o dependencia, la persona no tenga autonomía para sacársela o bien presente alteraciones de conducta que lo hagan inviable.

¿También en la playa y en la piscina?

A pesar de que la resolución no lo concreta, el director de la Agencia de Salud Pública de Cataluña, Xavier Llebaria, explicó este miércoles que se aplicará un criterio de "sentido común" en la obligatoriedad de llevar mascarilla en la playa. En este sentido, explicó que no hay que llevarla para bañarse o para tomar el sol, pero sí que hay que ponérsela en la entrada a la playa, si se da un paseo o se va al chiringuito.

Su uso no es obligatorio en piscinas mientras las personas se estén bañando o tomando el sol, pero sí deberá utilizarse en instalaciones de uso público como vestuarios y pasillos.

¿Es obligatoria en tiendas y comercios?

Sí, en todo momento. El uso de la mascarilla es obligatorio en todos los espacios públicos, tanto interiores como exteriores. 

¿Y para hacer deporte?

La mascarilla no es obligatoria cuando se hace ejercicio físico deportivo. Esto también incluye el ir de excursión. 

En cuanto a los gimnasios, habrá que llevarla puesta en los vestuarios e instalaciones interiores, como vestuarios y pasillos, pero no es obligatoria durante la propia práctica deportiva. 

¿Debemos llevarla en el trabajo?

Solamente se podrán quitar la mascarilla los trabajadores que cumplan una de estas condiciones: estar en un despacho propio de uso individual con la puerta cerrada o si el trabajo implica un gran esfuerzo físico, como por ejemplo algunos trabajos relacionados con la construcción.

¿Qué ocurre con los bares y restaurantes?

Tanto en las terrazas como en el interior de bares y restaurantes, podrán prescindir de la mascarilla una vez estén sentados en la mesa. Sí que es necesaria para ir al baño, acudir a la barra o en el momento de levantarse para pagar la cuenta.

En discotecas y otros locales de ocio también es obligatorio el uso de mascarilla, excepto en los momentos en que se esté consumiendo alguna bebida.

¿Mascarilla para viajar?

Es obligatoria en todos los medios de transporte público de la Generalitat. En el caso del transporte privado, no es necesario cuando todos los ocupantes del vehículo mantengan un contacto cercano habitualmente.

En cuanto a los alojamientos turísticos como hoteles, hostales o albergues, solo se puede prescindir de la mascarilla cuando la persona se encuentre dentro de su habitación o durante las comidas. Sí que será necesaria en las zonas comunes y ascensores.

En cuanto a los campings, también hay que llevarla puesta excepto cuando se esté dentro de la propia parcela, en la piscina o comiendo.

¿Y si voy en patinete eléctrico?

Sí, es obligatoria.

¿Es obligatoria en los 'casals' y 'colonias' de verano?

Aunque los niños mayores de 6 años tienen la obligación de llevar la mascarilla, no es necesario que lo hagan ni en 'casals' de verano ni en casas de 'colonias' - o convivencias. Así lo han comunicado este jueves el Departament de Salut y Protecció Civil, que puntualiza que no es necesario "en espacios de uso exclusivo para un único grupo de contacto habitual".

¿Qué hay de la Selectividad?

En la Selectividad, cuya convocatoria finaliza este viernes 10 de julio, se obliga a los estudiantes a llevar mascarilla para acudir al edificio y en todos los espacios comunes, como los pasillos. Solo se pueden quitar la mascarilla en el momento en que cada uno esté sentando en su sitio -el mismo para todos los días y exámenes- y se hayan repartido las pruebas. Una vez finalizado el examen, tendrán que ponerse la mascarilla de nuevo para entregarlo y salir del aula.

Cines, peluquerías y otros establecimientos

La mascarilla es obligatoria en todo momento en establecimientos y equipaciones como peluquerías, centros de estética, bancos, oficinas de atención al público, cines, teatros y bibliotecas. En general, su uso es necesario en todos los espacios de uso público o que se encuentren abiertos al público, incluso cuando se pueda mantener la distancia de seguridad.

¿Quién vigilará que se cumpla la norma?

La resolución especifica que corresponde a los ayuntamientos y a la Generalitat las funciones de vigilancia, inspección y control de las medidas establecidas y que el incumplimiento de las mismas será objeto de régimen sancionador.

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